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BASES REGULADORA PARA LA CONCESIÓN DE BECA CAMPUS TALENTO FORST

  1. OBJETO.

El objeto de la presente base es regular las condiciones que regirán la concesión de las becas CAMPUS TALENTO FORST.

La beca consiste en que el alumno/a podrá disfrutar del Máster en dirección de hoteles obteniendo una beca que va desde el 70% del valor del Máster hasta el 100% del mismo, siempre y cuando cumpla con las obligaciones y requisitos fijados en el contrato de matrícula y en las presentes bases reguladoras de FORST Escuela de Negocios turísticos. Es decir, las empresas participantes pagan el 70% del Máster a los alumno seleccionados por ellas en la segunda entrevista.

   2. BENEFICIARIO Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. (condición de alumnado)

Serán beneficiarias de este programa las personas seleccionadas por las cadenas hoteleras participantes, que cumplan con una serie de requisitos y condiciones, en la fecha de presentación de la solicitud.

El Hotel pagará el valor correspondiente al 70%-100% de la matrícula a FORST y en caso de producirse incumplimiento por el alumno/a sobre alguna de las obligaciones, FORST deberá devolver el importe al Hotel.

  • Superar las dos fases de entrevistas estipuladas en el proceso de selección del alumnado (1ra Entrevista por parte de la Escuela y 2ª entrevista por parte de la cadena hotelera)
  • Firmar la matrícula que da acceso al Máster en Dirección de Hoteles de FORST.

    3. DERECHOS DEL ALUMNO BENEFICIARIO

Realizar el Máster en Dirección de Hoteles de manera gratuita o mediante beca del 70%.

    4.OBLIGACIONES Y REQUISITOS DEL ALUMNO BENEFICIARIO

Son obligaciones de las personas beneficiarias de las becas:

– Realizar con aprovechamiento la beca a la acción formativa de FORST Escuela de Negocios Turísticos.

– Estudiar, esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y participar en las actividades formativas orientadas al desarrollo de los currículos.

– Respetar la autoridad y orientaciones de los Tutores y equipo docente de la comunidad formativa.

– La asistencia a la totalidad de la formación.

– La superación de las diferentes asignaturas del curso de formación y la obtención del título.

– Realizar las prácticas proporcionadas por el Centro formativo en su totalidad.

En caso de que el Alumno becado actuare contraviniendo  las obligaciones estipuladas en estas Bases Reguladoras para la concesión y mantenimiento de la Beca CAMPUS TALENTO FORST por:

  1. a) Rescindir unilateralmente el Contrato de Matrícula o abandonar la formación.
  2. b) No realizar la totalidad de las prácticas formativas, por cualquier motivo.
  3. c) No esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y participar en las actividades formativas.
  4. d) No respetar las directrices de los Tutores de prácticas formativas
  5. e) No obtener la titulación del Máster en Dirección de Hoteles.

Se aplicará lo establecido en el punto 5.- de estas bases reguladoras.

  1. CAUSAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ALUMNO

En caso de que el Alumno/a beneficiario/a incumpliere alguna de las obligaciones y requisitos establecidos en el punto 4.- de las presentes bases reguladoras, perderá la beca de CAMPUS TALENTO FORST, estando FORST facultada para reclamar al Alumno/a incumplidor el abono del importe íntegro del Master, debiendo de abonar dicha cantidad antes de la finalización del mismo, siendo esta consecuencia económica conocida y aceptada, expresamente, por el Alumno/a.

  1. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La solicitud de ayuda implica la aceptación de las bases que la regulan.

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